El presidente de la Asamblea Nacional dijo que el organismo “no puede sesionar” en la restaurada “sede del Capitolio Nacional debido a la gran cantidad de diputados” que existe actualmente. No entregó detalles de en qué medida debería ser «reducido”.
El próximo día 9 de octubre , Rosa María Rodríguez, miembro del Consejo Coordinador del MCL ha sido citada por la sala legislativa de la Asamblea Nacional del Poder Popular para tratar el tema de la propuesta de Reforma de la ley electoral “Un cubano, un voto”, que ya el Movimiento Cristiano Liberación ha entregado en mano a más de cien diputados de la anterior legislatura y a otros tantos de la actual.
Algunas personas creen que La Sexta da información.
Suscríbete a Actuall y así no caerás nunca en la tentación.
Suscríbete ahoraEl régimen cubano debe en primer lugar, liberar a Eduardo Cardet, líder del MCL que siguiendo los cauces legales, ha liderado la campaña de entrega en mano de dicha propuesta.
No se trata solo de una reducción de número de diputados por cuestiones de espacio, se trata de que la elección de los mismos sea verdaderamente inclusiva y democrática y se supriman en primer lugar las “comisiones electorales” que impiden que prospere cualquier candidatura que no sea previamente decidida por el régimen.
La Asamblea Nacional del Poder popular debe tener en cuenta en la reforma de la ley electoral las propuestas de “Un cubano, un voto“, que se resumen en los siguientes cinco puntos:
1.- Ciudadanía
La ciudadanía es la relación jurídica entre el Estado de un país y sus ciudadanos. La ciudadanía por nacimiento, no se pierde por vivir en el territorio de otro Estado. La ciudadanía es un derecho subjetivo que ni las leyes ni el gobierno pueden derogar. Bajo estos conceptos el Estado cubano exige a los cubanos en el exterior la tenencia del pasaporte cubano para poder regresar a su patria. Esa relación jurídica entre Estado y ciudadano tiene por tanto que garantizar y no puede excluir los derechos políticos tanto activos como pasivos de los interesados a ejercerlo.
Por tanto, la nueva ley electoral debe devolver a todos los cubanos por nacimiento que residen fuera de la Isla su derecho pasivo de sufragio (voto) y prescribir los plazos de residencia estable y permanente en Cuba, a cumplir, por los ciudadanos cubanos por nacimiento residentes en el exterior interesados en ejercer su derecho activo.
2.- Representación
Para la nominación y elección de puestos de representación popular la nueva ley debe cumplir los siguientes requisitos:
A) Que los aspirantes a los puestos de representación deben residir de forma estable y permanente en la localidad que pretenden representar.
B) Que los aspirantes a candidatos de los diferentes puestos de representación deben ser nominados únicamente por un porcentaje razonable de los ciudadanos con derecho al voto de la localidad, que lo expresarán mediante su firma y sus datos de identidad personal. Esta gestión corresponderá a los aspirantes y el equipo que pueda formar, excluyendo de la misma a todas las instancias oficiales o que sean financiadas por el gobierno.
C) Que cada puesto en disputa pueda contar con la participación de varios candidatos que aparecerán el día del sufragio en la boleta electoral.
D) Que los candidatos nominados puedan realizar su campaña de propuesta ante sus electores, usando los espacios públicos así como a través de los medios de difusión masiva que son propiedad social, garantizándose la igualdad de derechos al acceso de los mismos.
3.- Fuerzas Armadas
Que los miembros activos de las Fuerzas Armadas Revolucionarias o el Ministerio del Interior representan Instituciones al servicio de toda la Nación y su función es defender la integridad de la Nación y la soberanía nacional por lo que no deberán participar en el proceso electoral como aspirantes aunque sí como votantes, reservándoles además la responsabilidad de garantizar el orden y el respeto a la decisión soberana del pueblo.
Instamos a los Legisladores a que en el momento que se debata una necesaria nueva Ley de Asociaciones que garantice de manera más completa de participación democrática de todos los sectores de la sociedad cubana
4.- Presidente y vicepresidente
Los aspirantes a presidente y vicepresidente del Consejo de Estado, sean nominados por un porcentaje razonable de los ciudadanos cubanos con derecho al voto, que lo expresaran mediante su firma y datos de identidad personal. Que la elección para presidente y viceresidentes del Consejo de Estado debe ser de manera directa y secreta por el voto de los ciudadanos cubanos con derecho.
En el caso de la elección de presidente y vicepresidente del Consejo de Estado, de manera directa y secreta no debe representar ninguna contradicción constitucional el no ceñimiento de esta facultad de la Asamblea Nacional pues la misma será confiada al pueblo quien según la propia Constitución faculta como el soberano de quien dimana todo el poder de Estado.
5.- Asociaciones
De igual manera, instamos a los Legisladores a que en el momento que se debata una necesaria nueva Ley de Asociaciones que garantice de manera más completa de participación democrática de todos los sectores de la sociedad cubana. Que sea reconocida y legalizada, en la ley y en la práctica, la existencia de varios partidos que sean expresión de la diversidad política de nuestro país, donde cada uno desarrolle su respectivo programa de gobierno que asegure el bienestar integral de todos los cubanos.