Pedro Sánchez, presidente del Gobierno de España /EFE
Pedro Sánchez, presidente del Gobierno de España /EFE

Son varias las acciones del Gobierno encaminadas en la misma dirección: el desmantelamiento del estado de derecho como paso previo a un estado de desecho (si se prefiere fallido), a una democracia meramente aparencial o formal, a una antidemocracia. Una de esas acciones la constituyó la designación como presidenta de la Fiscalía General del Estado a la Sra. Delgado, anterior titular del ministerio de Justicia, haciendo buena la tesis del presidente Sánchez de que se trata de una institución al servicio del gobierno, subordinación que impide el mínimo de libertad, imparcialidad y objetividad que avale su búsqueda de la promoción de la Justicia y de la efectiva aplicación de la Ley.

Por ello, sorprenderá más bien poco la negativa de la Fiscalía a la tramitación de múltiples querellas formuladas por médicos, sanitarios, familiares y afectados por el covid mientras en Francia la policía registra domicilios de ministros de Macrón por si hubieran incurrido en tardanza o negligencia en la lucha contra el virus. Tampoco sorprenderá el informe de la Fiscalía Anticorrupción contrario al procesamiento del vicepresidente Iglesias ante el Tribunal Supremo, al ser aforado, como solicita el juez García Castellón al entender que ha podido incurrir en la comisión de tres delitos.

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Dentro de este propósito de desmantelar el estado de derecho no es ajena la iniciativa del grupo parlamentario socialista en el Congreso de los Diputados mediante Proposición de Ley de memoria Histórica y Democrática, que algunos comentarios merece.

La obsesión respecto del Valle de los Caídos constituye el motivo principal de la nueva ley de Memoria Democrática

El primero y no menor es que desde la Ley de Amnistía, en octubre de 1977, hasta hoy han pasado más de 43 años y en este amplio período se han aprobado doce leyes, siete específicas y cinco con afectaciones parciales referidas a la equiparación de derechos, reconocimiento de los mismos derechos a los mutilados de ambos bandos de la guerra, consideración de los períodos de prisión como cotizados, pensiones, indemnizaciones y atrasos a los que lucharon en el bando republicano, etc…a lo que hay que sumar cinco reales decreto-ley, dos decretos, dos órdenes ministeriales y dos resoluciones de la dirección general del tesoro lo que suponen 18 iniciativas legales y normativas específicas estatales a las que habría que adicionar las otras cinco leyes de carácter general y sumar la legislación autonómica que se ha desarrollado por muchas Comunidades Autónomas.

Con ello quiero decir que se han equiparado y pagado los correspondientes derechos con los combatientes del bando nacional quedando pendiente de resolución la grave y legítima demanda de los familiares de búsqueda de los restos de los suyos desaparecidos en tapias, cunetas, cementerios, enterramientos y otros lugares; sin embargo, esta demanda ya la previó la Ley de Memoria Histórica 52/2007 de 26 de diciembre por lo que hace falta es el desarrollo de planes de búsqueda y localización y la correspondiente dotación financiera en los presupuestos generales del estado. La pregunta que nos planteamos es ¿entonces para que sirve o que se pretende con esta ley?

Como respuesta vamos a considerar tres aspectos. El primero se refiere al Valle de los Caídos y a la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos cuyo marco jurídico actual continuará vigente en tanto no se modifique mediante Real Decreto -tal como prevé la proposición de Ley- y se incorpora una modificación del artículo 16 de la ley de Zapatero en el sentido de declarar que el Valle es un cementerio civil, con todo lo que ello implica. Esta obsesión respecto del Valle constituye un motivo principal de esta iniciativa legislativa parlamentaria. Creo sinceramente que esta situación y la querencia en reescribir la historia es grave, divide a la sociedad y no concuerda con el espíritu de reconciliación de nuestra transición política.

Ya que hablamos de la historia democrática ¿porqué limitamos su alcance al inicio de la Guerra Civil y no lo hacemos, por ejemplo, al año 1932?

Un segundo aspecto se refiere a la reiterada querencia de nuestra izquierda de inocular visiones de parte (adoctrinar) a nuestros estudiantes de modo que su artículo 7.1 establece que: “El sistema educativo incluirá entre sus fines el conocimiento de la historia democrática española”. Lo primero que cabe preguntarse es ¿entonces no se estudiaría la época de la dictadura? También me gustaría que alguien me respondiera si a la vista de nuestro sistema educativo, a partir de ahora se permitirá aprobar la ESO o el Bachillerato aún cuando el alumno hubiera suspendido asignaturas tan relevantes como “Historia democrática española” o “Conocimiento LGTBI”. En otro caso tendré que recurrir a la ministra Celaá para que nos lo aclare.

En todo caso, ya que hablamos de la historia democrática ¿porqué limitamos su alcance al inicio de la Guerra Civil y no lo hacemos, por ejemplo, al año 1932?, sin duda sería muy didáctico y educativo, pero incurriría, de algún modo, en lo que la iniciativa plantea y hay que evitar: la división y el enfrentamiento social. Cuando hicimos justamente lo contrario -en nuestra transición política- tuvimos ánimo de reconciliación, voluntad de cerrar las graves heridas que en todos produce una guerra civil. Supimos pasar sin traumas de una dictadura a una democracia, miramos adelante, nos otorgamos derechos constitucionales y conquistamos nuestro futuro y prosperidad. Hoy algunos parecen caminar en dirección contraria.

Por último, quiero citar el factor que se refiere a las situaciones de nulidad que se pretende de condenas y tribunales en determinadas circunstancias con una retroactividad de condenas y sanciones de más que dudosa viabilidad jurídica y que, en muchos casos, resultaría contraria a la propia justicia.

La tercera acción social-comunista es la pretensión de modificación del sistema de elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, ciertamente pendiente de renovación desde hace más de dos años, lo que se ha planteado -nuevamente- por medio de una Proposición de Ley suscrita por los grupos parlamentarios socialista y de Podemos.

Quiero hacer una observación previa que se refiere (como en el caso de la memoria democrática) al instrumento legislativo empleado: la Proposición de ley lo que significa es que no se encuentra sometida al trámite de un Proyecto de ley que comienza con un borrador, un anteproyecto, consultas a los departamentos ministeriales, reuniones de secretarios de estado y subsecretarios, peticiones de informes preceptivos a diversas instituciones -Consejo de Estado, Comisión de Codificación, Consejo Económico-Social, etc…, según las materias a regular- adaptación e incorporación de propuestas y modificaciones planteadas, redacción de una memoria económica sobre el costo estimado de la ley y otra memoria de género, elevación a Proyecto de ley y, en su caso, aprobación por el Consejo de Ministros.

Debemos felicitarnos de la posición crítica y beligerante de la UE contra la deriva y tentativas totalitarias del gobierno social-comunista

De modo que resulta un trámite mucho más largo en el tiempo, garantista, costoso y, también, expuesto al criterio de órganos independientes y ajenos al gobierno (que podrán discrepar claramente de las pretensiones del gobierno). Pues bien, la Proposición de ley como el pertiguista supera todo ese trámite de un salto y entra de lleno en el debate parlamentario. Naturalmente los gobiernos cuando tienen una buena iniciativa legislativa se atribuyen su autoría y pretenden su venta y reconocimiento social y no la remiten a su grupo parlamentario, pero ahora hacen lo contrario. La razón es evitar informes y críticas desfavorables, ganar en agilidad y reducción del tiempo de tramitación, así como de brevedad a la exposición mediática y al propio debate parlamentario. Proposición de ley que pretende reducir la mayoría cualificada de 3/5 a la mayoría absoluta en la elección de los doce miembros jueces ya que los ocho juristas de reconocido prestigio está blindada en el artículo 122 de la Constitución.

En definitiva, lo que se pretende es que con un menor número de votos se pueda elegir a los miembros del CGPJ dejando en lo demás el sistema establecido en 1985 en su Ley reguladora. Dicho con otras palabras, el crecimiento de la influencia del gobierno en la judicatura -y su próxima afectación al propio Tribunal Constitucional- sería más que preocupante y estaría en juego ni más ni menos que la independencia de los jueces, garantes de nuestro Estado de Derecho y de la defensa de los derechos constitucionales de las personas. Además, resultaría un estado de desecho o fallido, como algunos denominan, dando muerte a Montesquieu y con él a la pérdida del equilibrio preciso de los tres poderes, un estado con una sociedad en creciente preocupación más a la vista de los antecedentes que ya se han producido.

Muchas veces hemos criticado a la Unión Europea, su lejanía, su burocracia, su presupuesto, los salarios y pensiones de sus múltiples funcionarios, la intromisión en cuestiones internas de las naciones y otras muchas cosas -algunas críticas muy razonables- pero el paraguas europeo parece (ya veremos) que nos va tapar la tromba de agua que nos está cayendo.

Por supuesto está encima de la mesa la importante aportación económica comunitaria ante la gravísima situación que padecemos. Hoy debemos felicitarnos de la posición crítica y beligerante de la UE contra la deriva y tentativas totalitarias del gobierno social-comunista. Entre el estado de derecho y el estado desecho, la UE. Simplemente gracias.

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