Simpatizantes de VOX se han puesto en contacto con la formación política para advertir de que Correos ha paralizado el envío de más de 900.000 sobres pagados por afiliados, sin dinero público, que llevan la bandera de España.
VOX ya ha confirmado este hecho con la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos y continúa investigando «de cerca» las razones por las que se ha producido este secuestro de los sobres, que consideran “un secuestro de la libertad de expresión”, según han manifestado a través de una nota de prensa.
Algunas personas creen que La Sexta da información.
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Suscríbete ahora“El uso de los símbolos nacionales por todos los partidos, que debería ser normal, se convierte en una situación de excepción y boicot hacia aquel que trata de utilizarlos con orgullo”, han señalado fuentes del partido.
Explicaciones de la Junta Electoral Central
La Junta Electoral Central decidió paralizar el reparto de propaganda electoral de Vox tras una consulta realizada por el presidente de la sociedad estatal Correos y Telégrafos, dado que éstos llevaban impresa la bandera de España.
El partido político Vox denunció este jueves que Correos había paralizado el reparto de su propaganda electoral, un total de 900.000 sobres que, según precisó el citado partido, habían sido «pagados por afiliados sin dinero público».
La decisión de Correos de paralizar este envío de propaganda se ha producido después de una consulta del presidente de Correos a la Junta Electoral Central, quien ha resuelto que «es contraria a la Ley la utilización de la bandera de España de la manera que se está haciendo en los sobres de propaganda electoral, y que dichos sobres no deben ser distribuidos».
La Junta Electoral explica que el artículo 46.5 de la Ley Orgánica Electoral General (LOREG) establece que «no pueden presentarse candidaturas con símbolos que reproduzcan la bandera o el escudo de España», según recoge Europa Press.
También añade que el artículo 8 de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España establece que «se prohíbe la utilización en la bandera de España de cualesquiera símbolos o siglas de los partidos políticos, sindicatos, asociaciones o entidades privadas».
Según la JEC, el sentido de estas prohibiciones radica en la pretensión de «dejar fuera de la contienda electoral lo que es patrimonio de todos los españoles, así como evitar la apropiación, en beneficio del partido político, de un símbolo que lo es del conjunto de la nación española».
Por ello, la Junta precisa que su criterio es que «no resulta admisible» la utilización en sobres con propaganda electoral del escudo y la bandera de España ya que su vinculación con cualquier partido político se encuentra «prohibida implícitamente» en los preceptos antes mencionados.