El Papa Francisco saluda durante una Audiencia General / Daniel Ibáñez-ACI Prensa
El Papa Francisco saluda durante una Audiencia General / Daniel Ibáñez-ACI Prensa

La Congregación para la Doctrina de la Fe ha publicado este jueves una nota explicativa en la que responde de manera negativa a una una pregunta sobre las bendiciones que en algunos lugares se han impartido por parte de sacerdotes a uniones del mismo sexo.

«No es lícito impartir una bendición a relaciones, o a parejas incluso estables, que implican una praxis sexual fuera del matrimonio (es decir, fuera de la unión indisoluble de un hombre y una mujer abierta, por sí misma, a la transmisión a la vida), como es el caso de las uniones entre personas del mismo sexo«, sentencia el Vaticano, que añade:

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«La bendición de las uniones homosexuales no puede ser considerada lícita, en cuanto sería en cierto modo una imitación o una analogía con la bendición nupcial invocada sobre el hombre y la mujer que se unen en el sacramento del matrimonio, ya que ‘no existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia’«, tal y como se explicitaba en la exhortación apostólica postsinodal Amoris Laetitia.

Esta respuesta ha sido apoyada por el Papa Francisco, tal y como se señala al final del documento: «El Sumo Pontífice Francisco, en el curso de una Audiencia concedida al suscrito secretario de esta Congregación, ha sido informado y ha dado su asentimiento».

En el responsum publicado por la Santa Sede se señala que «la presencia en tales relaciones de elementos positivos, que en sí mismos son de preciar y de valorar, todavía no es capaz de justificarlas y hacerlas objeto lícito de una bendición eclesial, porque tales elementos se encuentran al servicio de una unión no ordenada al designio de Dios».

La Congregación para la Doctrina de la Fe explica que, para impartirse de manera correcta la bendición sobre algunas relaciones humanas «se necesita -más allá de la recta intención de quellos que participan- que aquello que se bendice esté objetiva y positivamente ordenado a recibir y expresar la gracia en función de los designios de Dios inscritos en la Creación y revelados plenamente por Cristo Señor».

Esta declaración de ilicitud, aclara Doctrina de la Fe, «no quiere «no es por tanto, y no quiere ser, una discriminación injusta, sino reclamar la verdad del rito litúrgico y de cuanto corresponde profundamente a la esencia de los sacramentales, tal y como la Iglesia los entiende».

Bendición individual

La Santa Sede subraya no obstante que la respuesta negativa a la pregunta propuesta «no excluye que se impartan bendiciones a las personas individuales con inclinaciones homosexuales que manifiesten la voluntad de vivir en fidelidad a los designios revelados por Dios así como los propuestos por la enseñanza eclesial, pero declara ilícita toda forma de bendición que tienda a reconocer sus uniones».

En todo caso, añade, la Iglesia «no bendice ni puede bendecir el pecado: bendice al hombre pecador, parta que se reconozca como parte de su designio de amor y se deje cambiar por Él».

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