Mapa de cruces derribadas y amenazadas por la Ley de Memoria Histórica en España.
Mapa de cruces derribadas y amenazadas por la Ley de Memoria Histórica en España.

«Todos los días nos avisan de dos o tres casos nuevos», explica con determinación Polonia Castellanos, presidenta dela Asociación Española de Abogados Cristianos al ser preguntada por los casos de acoso y derribo, literal, contra numerosas cruces erigidas en miles de pueblos de España.

Tomando como referencia legal la Ley de Memoria Histórica aprobada por el PSOE en tiempos de Rodríguez Zapatero y mantenida durante los años de mayorías de Partido Popular de Rajoy, al menos 18 cruces ya han sido derribadas en España.

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Algunos de estos casos despertaron interés informativo como el de Callosa de Segura, pero otros muchos han sucedido sin apenas relevancia social y mediática.

Además, según denuncia la Asociación de Abogados Cristianos en un mapa interactivo que actualiza de forma permanente otro 28 monumentos están en peligro, entre los que destaca la imponente cruz situada sobre la basílica de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, visible a varios kilómetros de distancia.

Lo saben porque se han convertido en la organización de referencia a la hora de plantar la batalla judicial contra la guerra declarada a las cruces en muchos pueblos de España:

«Tengo muchas veces que revisar el WhatsApp, porque el día que no lo miro son otros dos pueblos. Es una barbaridad. Nos llaman muchas veces concejales de VOX o del PP: ‘Que quieren tirar la cruz’. ‘Que ¿qué hacemos’. Otras veces nos llaman sacerdotes; otras gente del pueblo…» confiesa Castellanos.

La Asociación Española de Abogados Cristianos tiene al menos detectados otros cinco derribos de cruces por vandalismo.

Eduardo Ranz, el abogado

Uno de los actores principales de esta guerra contra las cruces estudió curiosamente en una universidad dependiente de El Vaticano: la Universidad Pontificia de Comillas (ICAI-ICADE). Se trata de Eduardo Ranz, que en la página web de su despacho profesional se jacta de haber logrado «la primera sentencia en la historia que autoriza la exhumación en el interior del Valle de los Caídos, así como más de 500 procesos sobre retirada de simbología de exaltación franquista». Ranz también gallardea de haber sido asesor de la exministra de justicia y actual fiscal general del Estado, Dolores Delgado. En los últimos años se ha convertido en contertulio habitual de medios con La Sexta o la Cadena SER.

Polonia Castellanos asegura que Ranz «es la mano derecha de Baltasar Garzón», el exjuez expulsado de la carrera judicial por prevaricar, a su vez vinculado de diferentes maneras a la exministra y fiscal general Dolores Delgado. Ranz se dedica a «recorrer España pleiteando para que quiten cruces», denuncia Castellanos.

Eduardo Ranz fue contratado por el exteniente de alcalde de Callosa de Segura Isnmael Ballester para defenderse de una demanda de Abogados Cristianos por vulneración del derecho al honor.

Ahora, explica Castellanos a Actuall, Ballester está imputado «por prevaricación, malversación de fondos públicos y tráfico de influencias» por pagar los servicios de Ranz con dinero del Ayuntamiento, pese a ser un proceso personal.

Otro de los mayores exponentes de esta particular ‘anticruzada’ es, a juicio de Abogados Cristianos, Carlos Carlos Rodríguez, presidente de la Diputación de Cáceres a quien Castellanos describe como «un amiguete de Pedro Sánchez».

Según las denuncias recibidas por la asociación de juristas, no son pocos los consistorios que reciben presiones para el derribo de cruces bajo la amenaza de la retirada de las subvenciones de la Diputación, tan necesarias para mantener los servicios básicos en los pueblos. En consecuencia, Abogados Cristianos ha presentado una querella contra Carlos Carlos.

Los ataques contra elementos religiosos no son sólo contra cruces que en su día pudieron tener alguna inscripción relativa a la guerra, sino también contra otros elementos que sólo recuerdan los nombres de sacerdotes o seminaristas asesinados por su condición religiosa en las paredes externas de algunas iglesias.

Polonia Castellanos considera que esta persecución está incitada por «en parte porque hay mucho odio» y porque «son cristianófobos», pero también se utiliza para camuflar asuntos de corrupción que salen en la prensa.

La Ley de Memoria Histórica

La presidenta de la Asociación Española de Abogados Cristianos explica que «la ley de Memoria Histórica no avala» a estos abogados, políticos y a las llamadas asociaciones memorialistas para derribar las cruces.

«Con la Ley de Memoria Histórica en la mano, no pueden tirar las cruces. Ni demolerlas, ni trasladarlas», afirma Castellanos. Entonces ¿cómo lo hacen?

El método, al parecer perfeccionado de forma especial en Cáceres por el presidente dela Diputación es la creación de un comité de expertos -«con cuatro amiguetes», puntualiza la abogada- que realiza un catálogo de supuestos vestigios franquistas entre los que incluyen las cruces.

Con estos informes, acuden al os Ayuntamientos donde exigen el derribo de estos símbolos amparados por la libertad religiosa. Cuando los Ayuntamientos no acatan la ‘orden’, plentean los procesos contenciosos.

«¿Y quién abre los contenciosos? El amigo de Garzón», añade Castellanos en alusión a Eduardo Ranz.

Dos sentencias clave

Para Castellanos, la línea de defensa jurídica es clara. Más allá de la propia Ley de Memoria Histórica que a su juicio no avala el derribo de cruces, existen dos sentencias clave en los procesos. Ambas han sido emanadas por dos Tribunales Superiores de Justicia: Galicia y Navarra.

La sentencia 54/20015 del TSJ de Galicia referida al pretendido derribo de la llamada Cruz de los Caídos situada en el Monte del Castro en Vigo, instado por la Asociación Viguesa por la Memoria histórica del 36.

La sentencia hace un retrato perfecto del modus operandi habitual de estas organizaciones que reclaman la destrucción de cruces por todo el territorio nacional. La asociación memorialista pidió la retirada del símbolo religiosos cristiano por antonomasia. El Ayuntamiento de Vigo acordó rechazar la petición dado que todos los elementos referidos al anterior régimen que condena la Ley de Memoria Histórica ya no existen desde el año 1981. Y comienza una batalla legal que se dirime por fin en el TSJ.

La sentencia subraya que «aun admitiendo que originariamente tuviera un significado de exaltación de la guerra civil y la dictadura, no puede compartirse que hoy (…) siga teniendo ese componente de exaltación inicial, habiendo desaparecido su carga política».

El fallo continua señalando que la cruz «puede ser contemplada como un elemento religioso, aunque no fuera su significado originario, puesto que es evidente que se trata de una cruz latina».

El TSJ de Galicia concluye que «contemplada a día de hoy, al margen de las creencias superadas que motivaron su construcción, como muchos otros monumentos a lo largo de la historia de la humanidad, ha de llevar al conocimiento y reflexión por las generaciones presentes y futuras sobre un pasado ya superado, pero que no ha de olvidarse, habiendo de considerarse representativo de los caídos de ambos bandos».

Por su parte, la Sala de lo Contencioso del TSJ de Navarra resolvió sobre una denuncia contra un monolito situado en la localidad de Buñuel que tiene una cruz en su parte superior, un escudo municipal y los nombres de algunas personas.

Con anterioridad el monolito había sido adornado con el escudo nacional vigente en el momento de su instalación y las consabidas alusiones a los «Caídos por Dios y por España» y a José Antonio Primo de Rivera.

Al estar desprovisto de estas referencias, el TSJ Navarro considera (sentencia de apelación 361/2014) que ninguna de las acepciones recogidas por la RAE del verbo «exaltar» son aplicables al caso y por tanto son de aplicación las excepciones recogidas en el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica a la retirada de monumentos.

«El hecho de que conste una relación de nombres y apellidos correspondientes a personas fallecidas en un monolito en la puerta de una iglesia no implica, por sí solo, exaltación alguna del franquismo a los efectos señalados en la Ley 52/2007», puntualiza la Sala que desestimó la pretensión de derribo del monumento.

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