El PP, que presentó el recurso contra la Ley Aído, se felicita de que el TC lo haya rechazado...
El PP, que presentó el recurso contra la Ley Aído, se felicita de que el TC lo haya rechazado...

Tal y como se había anunciado el Tribunal Constitucional aprobó por 7 votos a favor y 4 en contra la constitucionalidad de la ‘Ley Aído’ que establecía el aborto sin control hasta la semana 14.

La sentencia argumenta que toda restricción incide sobre la libertad de la mujer que debe de gozar de «capacidad de autodeterminación consciente y responsable de la propia vida». Además, señala que esta libertad «enlaza directamente con su dignidad».

Algunas personas creen que La Sexta da información.

Suscríbete a Actuall y así no caerás nunca en la tentación.

Suscríbete ahora

En definitiva, defiende el «derecho» al aborto sin límite para garantizar el derecho a la autodeterminación de la mujer. Además, ‘bendice’ la imposición de la ideología de género en el ámbito educativo, sanitario y social y limita la objeción de conciencia al personal médico.

La sentencia choca abiertamente con la sentencia de 1985 en la que el mismo Tribunal Constitucional tratad de hacer encaje de bolillos entre el art. 15 que señala que «todos tienen derecho a la vida» y las situaciones «extremas» que ponen en riesgo los derechos de la mujer. La sentencia del 85 trata de ‘equilibrar’ el derecho vida del nasciturus con el supuesto derecho a la autodeterminación de su madre.

En este sentido el Alto Tribunal consideraba que el ‘nasciturus’ era un «bien jurídico protegible». Pues bien, la sentencia actual considera que el no nacido es plenamente disponible hasta la semana 14. ¿Cómo se hace el círculo cuadrado? El Constitucional se inventa la «interpretación evolutiva», según la cual los derechos de la mujer se van limitando gradualmente en función del avance de la gestación. Con esto la sentencia tiene el coraje de concluir que «el Estado garantiza el deber estatal de proteger la vida prenatal».

Una sentencia abiertamente ideológica que se extralimita de su función jurisdiccional, señalan los votos discrepantes que denuncian un activismo judicial que pretende legislar en lugar de juzgar conforme a derecho. «Eso es potestad constituyente no de los poderes constituidos», denuncian.

Critican además que la sentencia no sólo enjuicia la Ley Aído de 2010 sino que también marca la pauta la ‘bendición’ de la Ley Montero, extralimitandose de nuevo en su mandato e imposibilitando una legislación diferente en el marco constitucional.

La magistrada Concepción Espejel ha añadido en su voto particular la falta de la debida apariencia de imparcialidad. Si se hubieran aceptado las recusaciones de los magistrados contaminados el tribunal no habría contado con el quorum necesario.

Desde la Conferencia Episcopal se ha criticado la sentencia y se ha reclamado a los poderes públicos más ayudas y apoyos a la mujer embarazada en dificultad

Desde el gobierno celebran la sentencia. Así se manifestaba Pedro Sánchez:

«Es una victoria de las mujeres y un fracaso de los neoconservadores»

Por su parte, la ministra de Igualdad, Irene Montero señala que la sentencia es una victoria del movimiento feminista.

¿Victoria que la vida humana débil sea disponible sin control por el fuerte?, ¿progresismo?

Puede revisar la nota del Constitucional aquí

Puede leer la nota de la Conferencia Episcopal aquí

Desde el gobierno celebra

Comentarios

Comentarios