Nadia Eweida muestra la cruz que British Airways quería obligarle a quitarse.
Nadia Eweida muestra la cruz que British Airways quería obligarle a quitarse.

El Gobierno británico ha anunciado por boca de la ministra de Igualdad, Victoria Atkins, que se va a publicar una nueva norma gubernamental que admitirá el derecho de los trabajadores a llevar símbolos religiosos que no interfieran en sus trabajos.

Esta norma llega 12 años después de que la opinión pública conociera el caso de Nadia Eweida, una azafata de British Airways que fue despedida por negarse a cubrir con el uniforme una pequeña cruz que llevaba al cuello.

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Tras el despido, Eweida acudió a los tribunales británicos para denunciar la discriminación religiosa sufrida, pero un tribunal de empleos negó su solicitud de demanda contra la aerolínea. Posteriormente esa sentencia fue ratificada por la Corte de Apelaciones en el año 2010, por lo que finalmente acudió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En enero de 2013 esta corte falló en su favor y condenó a la empresa a pagarle 2.000 euros por los daños ocasionados a la azafata y a pagar 30.000 euros por las costas.

«Los empleadores deberían ser flexibles y no establecer códigos de vestuario que prohíban símbolos religiosos que no interfieren con el trabajo de un empleado»

Cinco años después de esa sentencia el Reino Unido ha decidido cambiar la normativa. «Los empleadores deberían ser flexibles y no establecer códigos de vestuario que prohíban símbolos religiosos que no interfieren con el trabajo de un empleado», rezará el texto de la nueva norma.

En su momento los abogados de la azafata consideraron un hecho histórico la sentencia favorable a su cliente. «Esto es verdaderamente histórico ya que es la primera vez que el Reino Unido ha perdido un caso de libertad religiosa ante una Corte Europea de Derechos Humanos. Estamos complacidos de que la Corte haya reconocido que los empleados no deben ser discriminados sobre la base de su fe cristiana», afirmaron.

Y es que la sentencia era bastante clara al afirmar en el auto que «la cruz de la señora Eweida era discreta y no podría haber hecho un detrimento de su apariencia profesional». Y trazó un elemento comparativo que mostraba lo injustificado del despido:»No había evidencia de que el llevar otros objetos de vestimenta religiosa previamente autorizados como los turbantes y las hijabs por otros empleados haya tenido ningún impacto negativo sobre la marca o imagen de British Airways».

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